2.2.18


NUEVA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO


Los arquitectos y arquitectas esperábamos con anhelo la puesta en vigor de la nueva Ley de Contratos del Sector Público de 2017. Los contratos de servicios de asistencia técnica de proyectos de arquitectura  se regirán, según la nueva Ley, por las “normas especiales aplicables a los concursos de proyectos” y no por las normas de contratación de servicios. Así se ha congratulado el CSCAE por el reconocimiento del trabajo intelectual del arquitecto como hecho diferenciador del resto de servicios; o de la valoración de las propuestas según su calidad, según sus valores técnicos, funcionales, arquitectónicos, culturales y medioambientales.
Hay un “pero”; falta el desarrollo de un reglamento tal y como se prevé en la propia Ley. Muchas de las ventajas que puede tener esta quedan a la espera de ese desarrollo. Por ello, pedimos al CSCAE que inicie las gestiones pertinentes para que se redacte el reglamento que desarrolla los concursos de proyectos; un reglamento que estipule: 

-       El carácter anónimo de los concursos.

-       La solvencia técnica avalada por todo nuestro currículo profesional, y la financiera avalada por un seguro profesional.

-       Plazos de entrega acordes con el tiempo razonable que lleva desarrollar las propuestas.

-       Criterios objetivos en la valoración.

-       Transparencia de la información del proceso de adjudicación en todos sus tramos.

-       Responsabilidad de los jurados. 

Cuando se elabore este reglamento podremos congratularnos de que las administraciones públicas respetan nuestro trabajo.

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